Una sentencia sobre sexo de grupo, emitida por el juez Paulo Teles del Tribunal de Justicia de Goiás, en el centro de Brasil, ha levantado la polémica y los periódicos la calificaron ayer de "insólita" en la jurisprudencia brasileña. Según el tribunal, quienes hacen sexo de grupo durante una orgía entre amigos no pueden después acusar a nadie de haber sido violentados. La sentencia había sido provocada por la denuncia hecha por Luziano Costa da Silva contra su amigo José Roberto de Oliveira de haber practicado con él , durante una sesión de sexo de grupo, un "acto libidinoso diferente de la unión carnal" y alegó que, como estaba bebido, no pudo defenderse de la agresión del amigo. El tribunal de Goiás ha sido contundente: "Si un individuo participa de forma voluntaria y espontánea en una orgía organizada por amigos, no puede al final del contubernio declararse víctima de atentado al pudor" . Los magistrados se han acogido a lo que ellos llaman "la literatura profana", según la cual, afirman, "durante una orgía consentida y protagonizada no se hace distinción de sexo, pudiendo cada participante ser sujeto activo o pasivo durante el desempeño sexual entre socios y socias. Todo ello de forma consentida y efusivamente festejada". El tribunal de Goiás advierte" a los que deseen participar de tales bacanales" que después nada de acusar a nadie. Están todos avisados.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 15 de julio de 2004