El Tribunal Supremo ha rechazado considerar accidente de trabajo la embolia sufrida por un trabajador al término de su jornada laboral, cuando se dirigía a su domicilio y apenas había recorrido cien metros desde la empresa de cristalería en la que estaba empleado.
La sentencia declara que no es de aplicación a los accidentes ocurridos in itinere la presunción de que son accidentes de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y lugar de trabajo. Esa presunción no es aplicable "a las dolencias que se manifiesten en el trayecto de ida o vuelta al trabajo", pues no derivan directamente de la ejecución del trabajo. El accidente in itinere es accidente laboral "únicamente cuando las dolencias se producen como consecuencia de una acción súbita y violenta", correspondiente al sentido vulgar del accidente.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 3 de septiembre de 2004