La conducción bajo los efectos del alcohol conllevará una sanción con pérdida de cuatro o seis puntos en función de la cantidad de la sustancia que se detecte. Si la tasa de alcohol supera los 0,25 miligramos por litro de aire espirado, el carné tendrá cuatro puntos menos; si el alcoholímetro detecta más de 0,75 miligramos, la sanción supondrá perder la mitad de los doce puntos con los que partirá cada conductor (seis puntos).
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 14 de octubre de 2004