La disposición transitoria del nuevo Reglamento de Extranjería que permitirá, durante sólo tres meses, regularizarse a los inmigrantes con seis meses de residencia en España y que tengan una oferta de trabajo no incluirá a los extranjeros irregulares que trabajen por cuenta propia. La secretaria de Estado de Inmigración, Consuelo Rumí, aclaró ayer este extremo, antes de reunirse junto al ministro de Trabajo, Jesús Caldera, con los grupos parlamentarios para explicarles su propuesta de Reglamento.
Rumí aclaró que las condiciones de acceso de los extranjeros al trabajo por cuenta propia están contempladas en otros apartados del Reglamento, que según fuentes de su departamento flexibilizan esas circunstancias respecto a la anterior normativa, una afirmación que avala la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), para quien las primeras redacciones del Reglamento establecían condiciones "prácticamente inalcanzables".
Por tanto, los extranjeros sin papeles que desempeñen ahora de hecho un trabajo autónomo aunque irregular deberán solicitar los permisos en el consulado correspondiente a su lugar de origen y aportar la documentación requerida (proyecto, avales bancarios, etcétera) y no podrán acogerse a la regulación extraordinaria.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 3 de noviembre de 2004