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La Generalitat quiere fijar el deber de conocer el catalán pero no la obligación de hablarlo

El consejero Saura afirma que el Estatuto no exige a nadie hablar en un determinado idioma

La Generalitat de Cataluña postula en el borrador del nuevo estatuto "el derecho a utilizar y el deber de conocer las dos lenguas oficiales". El texto presentado por el Instituto de Estudios Autonómicos y entregado ayer a la ponencia parlamentaria para su debate supone un salto respecto al actual estatuto. Por primera vez se utiliza el término "deber" referido a la lengua catalana en un texto donde sólo había figurado la expresión "derecho". De hecho, éste será también el primer estatuto en España que fije esta obligatoriedad. Ni el vasco, ni el gallego lo hacen. Este nuevo título estatutario puede acabar con el consenso que ha reinado en la ponencia, a juicio de unos, o equiparará realmente el castellano al catalán, según otros.

"No se obliga a nadie a hablar una determinada lengua; nuestro objetivo es equiparar derechos y que nadie pueda alegar desconocimiento para no cumplir la ley", ha afirmado el consejero de Relaciones Institucionales, Joan Saura, a este diario. No obstante, hasta el último momento hubo tira y afloja entre los asesores de las distintas formaciones sobre la conveniencia de introducir en términos de obligatoriedad el conocimiento del catalán. Al final se optó por incluirlo en la Carta de Derechos y Deberes -otra novedad estatutaria-, y cuenta con el visto bueno del Partit dels Socialistes, Esquerra Republicana e Iniciativa per Catalunya. Convergència i Unió se sumará probablemente a este consenso, que para el Partido Popular será de difícil digestión.

La nueva redacción supone un salto respecto al Estatuto de 1979, en el que se afirma sucintamente: "Los ciudadanos de Cataluña son titulares de los derechos y deberes fundamentales establecidos en la Constitución". Para los sectores menos catalanistas este salto puede llegar a complicar la aprobación del nuevo Estatuto. "Con este texto, llega la primera patata caliente del debate estatutario", afirma uno de los implicados en la redacción.

Esta visión está avalada por la gran cantidad de recursos a los tribunales que han generado las iniciativas sobre las lenguas tomadas desde el restablecimiento de la Generalitat, en 1977. Los redactores del texto se han acogido al artículo 3 apartado 1 de la Constitución, en el que se dice: "El castellano es la lengua oficial de España. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y derecho a usarla". A juicio del lingüista Jesús Tusón, "si en la Constitución se habla de obligatoriedad de comprender el castellano es por aquello que las leyes dicen al empezar: a todo aquel que leyere o entendiere; es ésa la finalidad". Y agrega : "En Cataluña hay una lengua en inferioridad de condiciones". Con todo, en lugar de "haber dado este salto", apunta el lingüista, quizá se debería haber empezado por hacer cumplir la Ley de Normalización y la de Política Lingüística, por ejemplo en lo que a las majors y al doblaje de filmes se refiere". Tusón asegura: "Crear nuevos deberes no es simpático, pero hay que respetar los derechos ciudadanos. Hacienda, cuando recauda, se dirige a los contribuyentes en la lengua que prefieren

[catalán o castellano] con una sensibilidad extraordinaria; sin embargo, los jueces en Cataluña no tienen por qué saber catalán".

Aïna Moll, impulsora de la primera ley lingüística de la Generalitat -la de Normalización-, entiende lógico el paralelismo entre lo que dirá el nuevo Estatuto y la actual Constitución. "Pudo hacerse mucho antes de acuerdo con el Estatuto actual, el cual estipula que la Generalitat cuidará de establecer las condiciones necesarias para la plena igualdad". Otro argumento a favor de la inclusión del deber de conocer el catalán es que las dos lenguas ya son oficiales, pero el ciudadano sólo está obligado a conocer una, afirma Moll, a quien le parece bien la medida: "Otra cosa es que caiga como una bomba en algunos sectores".

Con todo, la medida tendrá escasa repercusión ciudadana, en opinión del experto Albert Branchadell. "No habrá consecuencias prácticas inmediatas, es una disposición nominal que quiere equiparar el catalán con el castellano". El sociolingüista Albert Bastardes comparte esa opinión y opina que las consecuencias pueden hacerse perceptibles en la justicia.

En el artículo 15 del Estatuto se apunta: "En las relaciones con la Administración de justicia y el ministerio fiscal se podrá utilizar la lengua oficial que se elija en todas las actuaciones judiciales, sin que se sufra indefensión ni dilaciones indebidas a causa de la lengua empleada, ni que se le pueda exigir ningún tipo de traducción".

Branchadell remacha que la Ley de Normalización Lingüística del gallego -que reconocía la oficialidad de esta lengua- fue objeto de recurso en 1986. De la sentencia del Tribunal Constitucional hay dos lecturas: para unos, el problema está en que el Estatuto gallego no establece la oficialidad del gallego, mientras que para otros ésa es una capacidad atribuible a la Constitución.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 11 de noviembre de 2004