El Ejecutivo regional enviará en breve al Consejo de Estado, para que éste emita el correspondiente dictamen, un proyecto de decreto que regule las prácticas del tatuaje, la micropigmentación y el piercing. Este texto, al que ha tenido acceso EL PAÍS, establece que los menores de 18 años o incapacitados, a petición propia, deberán obtener de sus representantes legales el consentimiento escrito para someterse a estas prácticas. En todo caso, según establece el texto legal, la información que deberá prestárseles a estos jóvenes será adecuada a sus posibilidades de comprensión.
La Consejería de Sanidad y Consumo creará un registro de establecimientos de tatuajes y micropigmentación, piercing u otras prácticas similares de adorno corporal donde deberán estar inscritos, con carácter previo a su funcionamiento, los establecimientos donde se realicen estas prácticas.
Este proyecto también establece la prohibición de la realización de piercings o tatuajes de forma ambulante y regula que en caso de celebrarse congresos o ferias se precisará la autorización del ayuntamiento.
Los establecimientos en que se realicen este tipo de adornos deberán contar con un área de espera diferenciada del área de trabajo; un área de preparación del material y un aseo con inodoro, lavamanos y elementos de higiene necesarios. Además, se establece que han de estar limpios, desinfectados y ordenados y en buen estado de conservación. Estos locales deberán disponer de agua potable fría y caliente y realizar procedimientos de desinfección de superficies y mobiliario.
Instrumental
El proyecto de decreto también establece que los utensilios que atraviesen la piel, mucosas o tejidos han de ser estériles y de un solo uso, debiendo estar envasados y sellados hasta su uso. También se prevé que los profesionales de estas técnicas utilicen guantes de látex de un solo uso y han de estar vacunados contra la hepatitis B y el tétanos, así como estar formado en la materia de prevención de riesgos laborales.
El Ayuntamiento de Madrid aprobó el 27 de enero de 2001 una ordenanza reguladora de las condiciones higiénico-sanitarias de peluquerías, que incluye la obligación de tener un asistente técnico sanitario (ATS) en establecimientos que realicen tatuajes o piercings. Simón Viñals, entonces concejal de Salud, explicó que, aunque "Madrid cuenta desde 1990 con una ordenanza reguladora de las condiciones higiénicas, sanitarias y de seguridad de las peluquerías, centros de belleza y capilares, las nuevas técnicas, como el piercing o los tatuajes, han hecho necesario un nuevo texto".
El proyecto de decreto que ha elaborado el Gobierno regional incluye sanciones de hasta 15.025 euros para los infractores de esta normativa, a la vez que establece cuáles son los organismos responsables del control y supervisión de este tipo de establecimientos.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 12 de noviembre de 2004