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OPINIÓN DEL LECTOR

Adopción y leyes

Tenemos dos hijos, de ocho y cinco años. El menor es fruto de una adopción internacional, un niño que no responde al perfil habitual de un hijo adoptado, pues su edad es superior a la media. Dicho de otro modo: muchos padres adoptantes evitan ciertas edades por temor a secuelas que dificulten la integración.

Con el deseo de conciliar nuestra vida familiar y laboral y destinar a nuestro nuevo hijo la atención que merece, nos hemos acogido a la reducción de jornada laboral. Sin embargo, este derecho sólo se prevé para cuidar a menores de seis años. Nosotros sólo podremos disfrutar del mismo durante cuatro meses, ya que nuestro hijo cumplirá seis años el próximo 26 de enero.

¿Por qué sólo se tiene en cuenta la edad del niño en lugar de la fecha de la sentencia de adopción? En su momento escribimos al Departamento de Trabajo, que nos dijo lo que ya sabíamos: que la ley no nos ampara. No pedimos que nos resuelvan nuestra situación, sino que alguien tome conciencia del problema. Hasta ahora, nadie nos ha hecho caso. Sinceramente, estamos decepcionados.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Domingo, 5 de diciembre de 2004