El Juzgado de lo Penal número 4 de Alicante ha condenado a tres años de inhabilitación a un constructor por un delito de homicidio por imprudencia a raíz de la muerte de un trabajador, a quien no se le facilitó un cinturón de seguridad en su trabajo. El magistrado también impone al promotor un año de prisión. La sentencia rechaza las argumentaciones de la defensa referidas a que el empleado podría haberse negado a realizar sus tareas al no disponer del cinturón de seguridad.
Los hechos se remontan a julio de 2002 cuando el obrero retiraba, cumpliendo una orden de un superior, algunos elementos de protección instalados alrededor de un hueco de patio localizado en la planta superior de un edificio, ya que eran necesarios en otro punto del inmueble en construcción. "Para llevar a cabo la tarea encomendada no fue provisto de cinturón de seguridad, a pesar de que debía aproximarse al hueco. Mientras lo hacía, se precipitó hasta el suelo de la planta baja, a unos cuatro metros, sufriendo lesiones que provocaron su fallecimiento", recoge la sentencia. El magistrado considera que la falta de provisión del cinturón de seguridad para quien trabaja junto a un hueco de obra "implica una gran desatención o un notable desprecio, pues el peligro es evidentemente grave".
* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 10 de diciembre de 2004