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OPINIÓN DEL LECTOR

El concejal de Vivienda puntualiza

Concejal del Área Delegada de Vivienda. Madrid

En contestación a la carta firmada por Pablo Domínguez García, desde esta Empresa Municipal de la Vivienda de Madrid, SA, queremos puntualizar algunos datos que cita y que son erróneos.

En primer lugar, no se señala en la presente convocatoria unos ingresos máximos de 15.000 euros al año.

El tope máximo son 5,5 veces el salario mínimo interprofesional, cifrado en estos momentos en 43.428 euros en base imponible de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2003.

Por otra parte, es cierto que la cuenta ahorro vivienda es una circunstancia puntuable si bien no es la única, aunque tampoco son 24.000 euros sino justamente la mitad, 12.000 euros, entendiendo que se trata de un capital mínimo que le permitiría realizar al menos el primer pago, o incluso el segundo.

Es una circunstancia más, junto con las discapacidades, la composición familiar, situaciones de violencia doméstica, vinculación con el municipio de Madrid o desempeñar su trabajo habitual en la capital, o también haber perdido la vivienda a causa de un expediente de ruina con sentencia o resolución firme.

Por tanto, no es correcto hablar de 24.000 euros y, entendemos, tampoco es adecuada la afirmación de ser "hijo de papá" referida a todas aquellas personas, mayoritariamente jóvenes, que tratan de ahorrar poco a poco un dinero privándose de ocio o diversión a costa de un sacrificio.

De otro lado, el "tradicional" sorteo debe referirse a otra administración, institución o municipio de nuestra Comunidad, ya que la EMV siempre ha adjudicado la vivienda a aquellos solicitantes con mayor puntuación, en base a las circunstancias puntuables recogidas en un baremo aprobado con un amplio consenso político. Sí estamos de acuerdo con usted en que los problemas o situaciones familiares merecen una especial protección.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 3 de febrero de 2005