La directiva que regulará la actividad de los auditores dio un paso más ayer en Bruselas. La Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo votó por unanimidad el texto que elimina la rotación obligatoria de firmas; obliga a las cotizadas a contar con un comité de auditoría y encarga a la Comisión Europea estudiar la responsabilidad de los auditores y su incidencia en los mercados de capitales, entre otras cuestiones.
El texto se someterá al visto bueno de los ministros de Economía (Ecofin) en julio y será votado por el pleno a principios de septiembre si no surge ningún imprevisto. La legislación española ya adoptó muchos de estos cambios en la Ley Financiera de 2002.
El Consejo Europeo, donde están representados los 25 Estados miembros; la Comisión Europea y el Parlamento Europeo negocian la octava directiva desde diciembre de 2003. Desde entonces han cambiado muchas disposiciones, entre ellas, algunas de las que más preocupaban al sector. Es el caso de la rotación obligatoria.
El primer texto, elaborado por la Comisión, obligaba a las cotizadas a cambiar de firma de auditoría cada siete años. Esa disposición ha desaparecido, si bien se mantiene la obligación de sustituir al socio que firma el trabajo en ese periodo, explican fuentes del sector. En España esta obligación se extiende al equipo completo pero no a la firma.
Otra cuestión polémica ha sido si los auditores pueden vender otros servicios, como consultoría o asesoría legal, sin comprometer su independencia. El texto consensuado no establece prohibiciones concretas, aunque los auditores deberán cumplir algunos requisitos de independencia, como no haber tenido relación con los directivos.
El Instituto de Censores Jurados de Cuentas, que agrupa a las grandes firmas en España y representa al 90% del sector por facturación, aplaudió los cambios.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 22 de junio de 2005