El rapto de Europa no sólo se perpetra en las urnas, sino también en los despachos. El SAS propone un baremo de selección para personal temporal que otorga un valor ridículamente distinto y reducido (la mitad) al tiempo ejercido en la UE comparado con periodos similares efectuados en España, impidiendo salvaguardar los principios de igualdad, mérito y capacidad.
Diferentes organizaciones sindicales no han dudado en ratificar el acuerdo, que vulnera el derecho de libre circulación (artículo 48 del Tratado de la Unión) de los enfermeros españoles ejercientes en la UE (y de cualquier profesional europeo interesado en trabajar en España), y de existir diversas sentencias locales, nacionales y europeas que ilegalizan similares comportamientos administrativos. Para más escarnio, el SAS publicita en su web el Decreto 299/2002, que regula el acceso de otros nacionales de Estados miembros de la UE al empleo público andaluz en términos similares a dichas sentencias.
Pese a que el exilio de la enfermería española dejó de ser anecdótico para convertirse en lamentable realidad hace años, aún resulta vergonzoso ver a las administraciones pasándose el Art. 42 de la Constitución por el forro de la cofia.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Sábado, 25 de junio de 2005