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REDUCCIÓN DE TRÁMITES | LEY DE DIVORCIO

Eliminadas las causas de culpabilidad

El Congreso de los Diputados aprobó a la una de la madrugada de hoy la reforma de la ley del divorcio de 1981. La nueva norma, que podrá aplicarse a los procesos que ahora mismo estén en marcha, acaba con el requisito de la separación previa para alcanzar el divorcio. También elimina la necesidad de alegar causas (como la infidelidad, el alcoholismo o el cese de convivencia) para formalizar la ruptura matrimonial. Ambas medidas permitirán agilizar el proceso y acortar sensiblemente los plazos para el divorcio. La reforma establece la posibilidad de que los jueces decreten la custodia compartida de los hijos aunque no haya acuerdo de los padres.

Las parejas que quieran divorciarse no tendrán que alegar causas para hacerlo. El nuevo texto elimina este requisito que implica una conducta culpable de alguno de los cónyuges para que sea posible pedir la separación (paso previo en la ley vigente para presentarse la demanda de divorcio un año después). Alguna de estas causas eran el abandono injustificado del hogar, la infidelidad o el alcoholismo. Esta supresión permite acortar drásticamente los plazos de divorcio y agilizar los procesos judiciales.

En la exposición de motivos de la nueva ley que reforma el Código Civil se señala lo siguiente: "Se pretende reforzar el principio de libertad de los cónyuges en el matrimonio, pues tanto la continuación de su convivencia como su vigencia depende de la voluntar constante de ambos".

La reforma también modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil. De esta forma dejará de ser obligatorio que los niños mayores de 12 años comparezcan ante el juez cuando se divorcien o se separen sus padres, aunque lo hagan de mutuo acuerdo.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 30 de junio de 2005