Selecciona Edición
Selecciona Edición
Tamaño letra

Cárcel para un estafador que pedía tarjetas de crédito a nombre de terceros

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a cinco años y seis meses de prisión a Antonio Luis Cuevas Benítez, de 43 años, condenado en 10 ocasiones por haber cometido delitos de estafa. Cuevas se apropió, entre 2001 y 2003, de más de 80.717 euros de varias compañías a las que solicitaba que le fueran expedidas tarjetas de compra, crédito o débito a nombre de otras personas cuya identidad suplantaba.

La sentencia considera al imputado autor de un delito continuado de estafa en concurso con un delito continuado de falsedad en documento mercantil, con la agravante de reincidencia y, además, le impone una multa de 990 euros. El procesado, en concepto de responsabilidad civil, deberá satisfacer a American Express en 564,81 euros; al banco Santander Central Hispano, 600; a Hispamer Servicios Financieros, 1.202,50; a Iberia Cards, 23.022,20; a Cajamadrid, 15.837,41; a Banesto, 2.877,78; a Movistar, 75; a Citybank, 5.593,05; a Uno-e-Bank, 290,41, y a El Corte Inglés, 30.654,41 euros.

Se declara probado que Cuevas Benítez, "con la pretensión de obtener el correspondiente beneficio económico", se dirigió en repetidas ocasiones a diversas entidades bancarias y comerciales para solicitar que le fueran expedidas tarjetas de crédito, débito o compra a nombre de personas cuya identidad suplantaba en la solicitud y proponiendo que se expediera otra tarjeta en su propio nombre o a nombre de una tercera persona, que después recogía en distintos apartados postales que había contratado.

Carnés falsificados

Para dar credibilidad a las solicitudes, el imputado acreditaba su supuesta identidad mediante fotocopias de DNI que había manipulado previamente sobreponiendo una fotografía que no correspondía a su titular o cambiando el nombre. Es más, en algunas ocasiones Antonio Luis Cuevas aportó junto a las solicitudes certificados de las declaraciones del IRPF que aparecían como titulares de la petición.

Una vez tenía en su poder las tarjetas de compra, débito o crédito, el encausado las utilizaba en operaciones de comercio ordinarias y, a tal efecto, firmaba como si fuera el titular de los recibos de compra que daban cuenta de las transacciones comerciales. Sin embargo, en ningún caso las tarjetas aparecían domiciliadas en cuentas en las que tuviera fondos suficientes para hacer frente a los gastos.

La sentencia de la Audiencia Provincial, contra la que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, señala que todos los supuestos titulares de las tarjetas manifestaron no haberlas solicitado nunca y no haberlas recibido ni utilizado. Por su parte, el procesado, en el acto del juicio oral, negó ser el autor de los hechos.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 12 de julio de 2005