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Expediente a España por discriminación fiscal a no residentes

La Comisión Europea envía tres dictámenes previos a una demanda judicial

La Comisión Europea ha enviado a España tres dictámenes motivados, previos a una denuncia judicial, por mantener tres legislaciones diferentes que tratan fiscalmente de forma discriminada a los ciudadanos no residentes o a las entidades públicas de investigación de otros países de la UE. El periodo para modificar las disposiciones legislativas antes de ser denunciada ante el Tribunal de Justicia europeo es de dos meses.

La primera legislación es la relativa a los rendimientos del trabajo y las ganancias patrimoniales. La segunda es la relativa a los impuestos sobre la concentración de capitales, y la tercera, a la desgravación fiscal de los gastos en investigación. España deberá modificar las tres disposiciones legislativas antes de dos meses si no quiere ser denunciada ante el Tribunal de Justicia europeo.

La legislación fiscal española somete los rendimientos del trabajo de las personas residentes a una fiscalidad progresiva (entre el 15% y el 45%), mientras que aplica un tipo impositivo del 25% a los rendimientos del trabajo de las personas no residentes.

Para Bruselas, ésta es una discriminación evidente que impone una presión fiscal mayor a los no residentes y que es especialmente importante en ingresos bajos, como los de los becarios, además de hacer menos atractiva para un empresario español la contratación a un empleado no residente.

También respecto a las plusvalías de los bienes inmuebles, los no residentes pagan más impuestos (el 35%) que los residentes, que suelen pagar el 15%.

Asímismo son discriminatorios, según Bruselas, los impuestos sobre la concentración de capitales.

Finalmente, la legislación española establece que los gastos en I+D+i son desgravables en caso de que sus actividades se realicen en España.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 15 de julio de 2005