La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha denegado la solicitud de suspensión de la ordenanza de la calidad del aire elaborada por el Ayuntamiento de L'Alcora, tal como había pedido tanto la Asociación de Fabricantes de Azulejos y Pavimentos (Ascer), como la Asociación de Fabricantes de Fritas, Esmaltes y Colores (Anfecc). Ambas patronales presentaron un recurso en el que reclamaban la no aplicación de la norma de restricción ambiental y la paralización de la ordenanza, puesta en marcha a finales de 2004 por el Ayuntamiento de L'Alcora, hasta que se dictara la sentencia sobre el recurso presentado por estas entidades a principios de año.
La petición de suspensión se basaba en los graves perjuicios económicos que, según las dos patronales del sector cerámico, causa a sus socios el mantenimiento en vigor de la ordenanza que marca una vigilancia y control rigurosos, sobre todo para las emisiones y para el transporte de materias primas. Sin embargo, según fuentes municipales, el tribunal no ha considerado como graves tales perjuicios, ya que el daño no sería en ningún caso irreparable y, además, "ha querido primar el interés público y la protección de la salud y el medio ambiente frente a las alegaciones sobre cuestiones económicas".
* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 18 de octubre de 2005