Usted puede ser llamado a un Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica (EOEP) de la Comunidad de Madrid para informarle sobre los problemas de aprendizaje de su hijo en la escuela o que necesita la modalidad de "integración"; se le preguntará sobre datos de su evolución y su entorno social; también puede necesitar una prestación económica escolar o querer asesorarse sobre los conflictos con los compañeros o una orientación sobre los recursos educativos y sociales de la zona. Incluso puede ser convocado a una escuela de padres o actividad grupal escolar. Le puede atender una persona que dice ser trabajador/a social, pero que no lo es.
Si es usted tutor en la escuela, puede necesitar de un profesional que le asesore sobre la relación con los padres o que comparta con usted el tratamiento familiar de un chico de riesgo social, emigrante o deficiente y entonces pedirá al EOEP un trabajador social para este trabajo, según está recogido en la ley. Pero debe saber que le puede llegar un profesional que no es trabajador social, aunque lo aparenta y firma como tal, no tiene la formación adecuada ni está colegiado.
Se lo informo como funcionaria y como trabajadora social, que sabe que la lucha legal contra el intrusismo es larga.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Sábado, 12 de noviembre de 2005