Un juzgado donostiarra ha dictado dos sentencias (recurribles) en las que ordena a la Subdelegación del Gobierno en Guipúzcoa que conceda a dos inmigrantes el permiso de residencia y trabajo que antes les denegó alegando que no habían presentado el padrón en las condiciones exigidas.
Ambos extranjeros solicitaron el permiso el pasado mayo, dentro del proceso de regularización de inmigrantes, que exigía estar en España desde antes de agosto de 2004. Ninguno de los dos estaba empadronado para dicha fecha, pero ambos aportaron el empadronamiento por omisión (previsto por el Gobierno el pasado abril), expedido por los ayuntamientos de Irún y San Sebastián. Los consistorios se basaron en documentos que avalaban que los dos inmigrantes estaban en España desde antes de agosto de 2004. Pese a ello, la Subdelegación les denegó el permiso. Los extranjeros recurrieron ante los tribunales, que les dan la razón y dicen a la Subdelegación que, si no estaba de acuerdo con esos empadronamientos por omisión, tendría que haber reclamado en plazo.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 6 de diciembre de 2005