El recurso de casación presentado ante el Tribunal Supremo por Manos Limpias contra la absolución de los tres acusados en el caso Atutxa argumenta que el tribunal que juzgó a Juan María Atutxa, Gorka Knörr y Kontxi Bilbao realizó una "incorrecta aplicación del privilegio de inviolabilidad parlamentaria". El recurso indica además que la sentencia, por la que se absolvió a los acusados del delito de desobediencia por negarse a disolver SA, vulnera seis artículos de la Constitución, entre ellos el que obliga a cumplir las sentencias.
El tribunal invocó jurisprudencia del Constitucional sobre la inviolabilidad parlamentaria para aducir que carecía de jurisdicción "para valorar si hubo o no conducta delictiva" ya que los acusados actuaron en la esfera protegida de la inviolabilidad.
El recurso, de 42 folios, indica que para el Tribunal Superior vasco "negarse abiertamente a dar cumplimiento a una resolución judicial resulta impune si quien realiza esa conducta es un parlamentario". Y resalta que dicha conclusión resulta "inasumible lógica y jurídicamente".
Los recurrentes invocan una sentencia del Constitucional de 1985 -algo que ya hizo la instructora para rechazar los argumentos de la defensa- para subrayar que "la garantía [de inviolabilidad] no ampara cualesquiera actuaciones de los parlamentarios". Y recoge otra parte de la resolución del alto tribunal en la que se indica que "las prerrogativas parlamentarias han de ser interpretadas estrictamente para no devenir en privilegios que puedan lesionar derechos fundamentales". Al final, lo pone todo en relación con el caso Atutxa para decir que no hay privilegio ni inviolabilidad frente a la ejecución de la disolución de SA y sí una "conducta obstruccionista". Advierte al Supremo que "se juzga a sí mismo" porque si rechaza el recurso admitirá que se excedió de manera grave al apercibir penalmente a los acusados.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 12 de enero de 2006