Hace unos días mis padres, inquilinos de una vivienda en régimen de renta antigua en Barcelona, recibieron la notificación de que se concede a la inmobiliaria propietaria de la finca la autorización para su derribo y ulterior construcción de una nueva con más viviendas que se pondrán a la venta a precio de mercado. Para adoptar semejante decisión, esta administración debió tener en cuenta dos factores socioeconómicos: la escasez de viviendas que hubiera en la localidad y la existencia de viviendas desalquiladas de renta semejante a la de los inquilinos. Pues bien, semejante decisión se adoptó a pesar de que, tal como se alegó en su momento, ambos factores son contrarios a la autorización (en Barcelona hay más de 100.000 viviendas desocupadas y es evidente, por propia ley de vida, la desaparición de estos arrendamientos).
Pero lo más indignante es que se invoque un supuesto beneficio para el interés público que se deduce de la obligatoriedad que tiene la inmobiliaria de aumentar el número de viviendas del nuevo edificio respecto al que se pretende derribar. ¿Es interés público desalojar a modestos jubilados y enfrentarlos al alquiler medio mensual en Barcelona (744,89 euros) para construir viviendas que se venderán a una media de 5.276 euros el metro cuadrado.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Lunes, 16 de enero de 2006