La propuesta que ha realizado el ex ministro de UCD Manuel Clavero Arévalo para el preámbulo del Estatuto es plenamente constitucional, según dos expertos consultados. Esta fórmula, asumida por el Partido Socialista y rechazada por el PP, dice en su parte final que la Constitución española, en su artículo 2, "reconoce la realidad nacional de Andalucía como una nacionalidad".
Sobre la posible inclusión de "realidad nacional" en el preámbulo, Gerardo Ruiz Rico, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Jaén, afirma que esta locución puede ser útil "en un plano simbólico, para reforzar la identidad colectiva de los ciudadanos andaluces" y "no distorsiona el marco constitucional ni tiene que traducirse en un elenco competencial diferente al de nacionalidad histórica".
En la misma línea, Manuel Terol, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, sostiene que se trata de una fórmula "razonable", aunque "tibia". "Andalucía se desmarca hacia cotas más bajas, mientras otras comunidades van hacia arriba", dice Terol.
Ambos coinciden también en que la definición de Andalucía como nación, planteamiento que defienden IU y PA, no tiene encaje constitucional. No obstante, Ruiz Rico añade que la inclusión en el preámbulo, pero no en el articulado, "atenúa en parte los potenciales efectos de esa noción, que, en todo caso, nunca puede servir para reclamar un status político diferente al del resto de comunidades autónomas". Terol añade que en este asunto "no hay discusión" porque la Constitución española establece "que no hoy más que una nación", la española.
Ruiz Rico afirma que la definición de Andalucía como nacionalidad histórica, la fórmula que apoyan PSOE y PP, "es la que mejor encaja en el marco constitucional, que ofrece esa alternativa para que cada comunidad decida o no utilizarla" en su Estatuto.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 24 de marzo de 2006