El consumidor dispondrá de 14 días naturales para desistir del contrato a distancia sobre servicios financieros (servicios bancarios, de crédito o de pago, de inversión, seguros privados, planes de pensiones y la actividad de mediación de seguros) que firmó sin necesidad de ninguna justificación y sin penalización alguna. Dicho plazo se extenderá a 30 días naturales en el caso de los contratos de seguros de vida, según el anteproyecto de ley de comercialización a distancia de los servicios financieros destinados a los consumidores.
El Consejo de Ministros recibió ayer un Informe del vicepresidente segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, Pedro Solbes, sobre este anteproyecto, cuyo objetivo es ofrecer una mayor protección a los consumidores que hayan contratado servicios financieros a través del teléfono o de Internet.
La normativa establece, entre sus novedades, un régimen muy estricto de información al consumidor con carácter previo a la formalización del contrato.
Sin embargo, no se aplicará el derecho de desistimiento en los contratos relativos a servicios financieros cuyo precio dependa de fluctuaciones de los mercados financieros que el proveedor no pueda controlar, como cambio de divisas y valores negociables.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Sábado, 1 de abril de 2006