El informe del Comité de la ONU, tras repasar rápidamente los "aspectos positivos" de las medidas tomadas por Estados Unidos para impedir la tortura, dedica nueve de sus 11 páginas a señalar "temas de preocupación" y formular recomendaciones. El objeto del documento es examinar si EE UU ha respetado la Convención contra la Tortura, que ratificó en 1994 con reservas -EE UU considera que los artículos que se refieren a las obligaciones de los Estados firmantes no son "ejecutorios de oficio"-. Se apoya en las respuestas de EE UU a las preguntas del comité.
Éstas son las principales peticiones, sin valor vinculante, que el comité dirige a EE UU:
- Cerrar Guantánamo. Estados Unidos "debería dejar de mantener presos en Guantánamo y cerrar este centro de detención, permitir el acceso de los presos a un proceso judicial o liberarles cuanto antes". El comité recuerda que mantener preso a un individuo sin cargos constituye una violación de la convención.
- Abandonar determinadas técnicas de interrogación. Estados Unidos debe "poner fin a técnicas de interrogación como la humillación sexual, el submarino [introducir la cabeza del detenido en el agua casi hasta la asfixia], el uso de grilletes muy apretados, la utilización de perros para aterrorizar, o cualquier trato que suponga un acto de tortura, que sea inhumano o degradante". El comité recuerda que tales técnicas "han causado la muerte de algunos detenidos".
- Asegurar que no hay cárceles secretas. El comité "lamenta" la ausencia de respuesta de EE UU sobre la supuesta existencia de prisiones secretas y pide que "asegure que nadie está detenido en alguna instalación secreta".
- Ampliar la definición de tortura. Estados Unidos debe modificar su legislación federal para que la tortura sea definida como un crimen y dar un sentido más amplio a la tortura psicológica, definida ahora por este país como las acciones que causan "disturbios mentales crónicos".
- Extender la aplicación de la Convención. El comité "lamenta" que EE UU considere la convención "no aplicable en el contexto de conflictos armados", y que en ellos contemple la "ley de los conflictos armados" -básicamente, las convenciones de Ginebra, menos exigentes- como la única válida. Además, EE UU debería reconocer que la convención se aplica a "todas las personas bajo el control efectivo de sus autoridades civiles o militares" -es decir, incluso las que se encuentran en territorios controlados por el Ejército estadounidense, como Irak-.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Sábado, 20 de mayo de 2006