Los consumidores tendrán un plazo de 14 días naturales para desistir de un contrato de servicios financieros a distancia, sin necesidad de ninguna justificación y sin penalización alguna. El supuesto de los contratos de seguros de vida, la ruptura de contrato se extenderá a 30 días naturales, según el proyecto de Ley de Comercialización que aprobó ayer el Consejo de Ministros. Esta ley afecta a los contratos realizados por teléfono o Internet, entendiéndose cualquier técnica de comunicación sin presencia física y simultánea del proveedor y el consumidor, ya sea telemática, electrónica, telefónica, fax o similares.
El objetivo de la nueva ley de consumidores es ofrecer una mayor protección a los clientes de servicios financieros (servicios bancarios, de crédito, seguros privados, planes de pensiones, entre otros) a distancia, La normativa establece, entre sus novedades, un régimen muy estricto de información al consumidor, con carácter previo a la normalización del contrato.
Las exigencias establecidas en este proyecto se entienden como mínimas y pueden ser completadas con las que indique la legislación financiera específica. Además, consumidor y proveedor podrán someter sus conflictos al arbitraje de consumo.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Sábado, 22 de julio de 2006