Los consumidores tendrán 14 días naturales de plazo para romper un contrato de servicios financieros (bancarios, de crédito, seguros privados, planes de pensiones..) por Internet, sin necesidad de ninguna justificación y sin penalización. En el caso de seguros de vida, el plazo se amplía a 30 días naturales, según el proyecto de Ley de Comercialización que aprobó el Consejo de Ministros la semana pasada.
Esta ley afecta a los contratos realizados por teléfono, fax, Internet o mediante cualquier técnica de comunicación sin presencia física y simultánea del proveedor y el consumidor.
Entre las novedades, la normativa establece un régimen muy estricto de información al consumidor, con carácter previo a la normalización del contrato que obliga a las empresas a enviar a sus clientes por escrito o "en algún otro soporte duradero" toda la información relativa al producto o servicio que se comercializa.
Las exigencias establecidas en este proyecto se entienden como mínimas y pueden ser completadas con las que indique la legislación financiera específica. Además, consumidor y proveedor podrán someter sus conflictos al arbitraje de consumo.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 27 de julio de 2006