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CARTAS AL DIRECTOR

La Administración de Justicia

Apareció el pasado lunes en el diario un interesente artículo del magistrado Perfecto Andrés Ibáñez sobre el Consejo del Poder Judicial. Coincido con él en que el Consejo no funciona como debería y que existe cierto corporativismo, y opino que ello se traslada también al funcionamiento de la Administración de Justicia.

El Consejo del Poder Judicial, efectivamente, no es un órgano jurisdiccional, sino de gobierno y, por tanto, un órgano político. Cuando en un órgano de este tipo la mayoría absoluta de sus miembros son jueces (doce sobre veinte), más su presidente que es el del Tribunal Supremo, no es extraño que aparezcan síntomas de corporativismo al que alude el magistrado. Por ello, también somos muchos los que pensamos que la composición del Consejo debería modificarse y que estuviese integrado, en igual proporción, por jueces, fiscales, abogados, procuradores y catedráticos de las distintas disciplinas del derecho evitando, en cualquier caso, la mayoría absoluta de jueces y magistrados.

Finalmente, para que el Consejo fuese un órgano de gobierno absolutamente independiente sería muy conveniente que las resoluciones que dictase respecto de jueces y magistrados no fueran revisadas por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, jueces al fin y al cabo, precisamente para evitar el citado corporativismo.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 27 de octubre de 2006