El voto ciudadano para elegir el equipo de arquitectos que realiza proyectos de vivienda pública no tiene precedentes en España. La normativa para concursos de adjudicación permite a las administraciones realizar el proceso de la forma que se quiera, siempre que se respeten los principios de publicidad -dar a conocer el comienzo y las bases del mismo- y de concurrencia -todo el mundo puede presentarse-.
"Al margen de eso, se puede elegir libremente la forma de fallo", explica José María García, especialista en concursos del Colegio de Arquitectos de Madrid. Según el Colegio, no hay casos parecidos en España de votación popular en este tipo de convocatorias. "La ampliación del edificio del Ayuntamiento de Santander se votó popularmente, pero no era vinculante, sino meramente consultivo para el tribunal de adjudicación", cuenta García del Monte.
"En Suiza se utiliza mucho este sistema", dice el decano del COAM, Ricardo Aroca. "Pero se hace con un censo limitado, en el que sólo participan los vecinos a los que afecta directamente el resultado de la votación. Justamente, este sistema fue el causante de que el barón Thyssen trajera su colección de arte a España. Cuando los vecinos no quisieron aprobar la ampliación de su galería en Lausana, él decidió llevarse la colección a España", asegura Aroca.
"Ha sido un intento de buena fe, pero fallido, de buscar nuevas fórmulas de participación. Los profesionales reclamamos más participación ciudadana, pero a veces los experimentos salen mal. Hay que corregirlo y seguir intentándolo", opina Blanca Lledó, arquitecta y miembro del jurado en el concurso que el COAM ha pedido anular por las presuntas irregularidades.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Sábado, 23 de diciembre de 2006