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CARTAS AL DIRECTOR

El IRPF y el alquiler de vivienda

Sant Cugat del Vallès, Barcelona

Recientemente se ha aprobado la nueva ley del impuesto sobre la renta, en la que se establece para los alquileres de vivienda lo siguiente: "Dicha reducción (sobre los rendimientos íntegros) será del 100% cuando el arrendatario tenga una edad comprendida entre 18 y 35 años y unos rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas en el periodo impositivo superiores al indicador público de renta de efectos múltiples".

Dicho indicador (IPREM) para 2007 está fijado en la ley de presupuestos del Estado en 5.990,40 euros anuales. Es decir, el propietario que alquile una vivienda no pagará un duro en impuestos por este concepto, independientemente del número de pisos que alquile, siempre y cuando tenga el cuidado de alquilarla a alguien suficientemente joven y rico.

Preveo graves dificultades para renovar el contrato de alquiler a los mayores de 35 años. Y para los menores de 35, ya pueden correr en comprarse una vivienda, porque tarde o temprano se acaba cumpliendo los años.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Sábado, 20 de enero de 2007