Las abogadas que hayan sido madres podrán pedir la suspensión de los juicios y las vistas durante los dos meses siguientes a la maternidad. Para ello, deberán aportar un certificado médico o de nacimiento del hijo donde conste la identidad de la madre. Pasado ese tiempo se fijará una nueva fecha contando que se ha de sumar un nuevo periodo para que la letrada estudie el caso.
Esta posibilidad está prevista en un protocolo aprobado el 16 de enero por la Sala de Gobierno del TSJC con el Consejo de Colegios de Abogados de Cataluña que se dio a conocer ayer. Cuando se trate de juicios o comparecencias del ámbito penal que afecten a un preso, se mantendrá la fecha prevista, pero se designará otro abogado en sustitución de la letrada designada.
El acuerdo no tiene carácter vinculante porque afecta a cuestiones jurisdiccionales y será el juez el que decida en cada caso, aunque es orientativo y pretende facilitar y mejorar la conciliación de la vida familiar con la laboral. El protocolo también se refiere a la suspensión de juicios por coincidencia de horas de los abogados y establece medidas para evitar esas coincidencias.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 8 de marzo de 2007