"El nuevo Estatuto nos hace sentir moderamente optimistas", confía el responsable del área de Gobierno Local de la Diputación de Barcelona, Antoni Fogué. En primer lugar, el texto reconoce a los ayuntamientos como entes básicos de la organización territorial de Cataluña y garantiza su autonomía, que se concreta en capacidad de autoorganizarse, derecho a asociarse y potestad normativa propia (artículos 86 a 89). Garantiza asimismo un núcleo de competencias propias para ser ejercidas con plena autonomía (art. 84).
En cuanto a los aspectos vinculados a la hacienda de los ayuntamientos, el texto señala que las finanzas locales se rigen por los principios de suficiencia, equidad, autonomía y responsabilidad, y que la Generalitat velará por que se estos principios se cumplan (artículo 217).
El Estatuto garantiza a los gobiernos locales los recursos suficientes para afrontar la prestación de los servicios cuya titularidad o gestión les sea traspasada o delegada. Y asegura que toda nueva atribución de competencias debe ir acompañada de la asignación de los recursos suplementarios, de manera que se tenga en cuenta la financiación del coste total y efectivo de los servicios traspasados. Inluye la participación en las finanzas de la Generalitat o, si cabe, del Estado. Una vieja aspiración.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Lunes, 21 de mayo de 2007