Selecciona Edición
Selecciona Edición
Tamaño letra

Delito o falta

Para condenar a los padres por el absentismo escolar de sus cuatro hijos, la Fiscalía de Córdoba ha tipificado el caso como un delito de "abandono de menores", que prevé penas de hasta dos años de cárcel para los progenitores que desatiendan los cuidados de sus hijos.

Hasta hace no mucho, lo habitual era que la no escolarización de los niños o el incumplimiento por parte del menor de su obligación de acudir al centro educativo se tipificara como falta o como un delito de abandono de familia, por el que los padres pueden ser condenados a entre ocho y 20 fines de semana de arresto domiciliario.

En los últimos años, los fiscales han insistido en la necesidad de considerar el absentismo reiterado como un delito de abandono de menores.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 3 de julio de 2007