El primer pronunciamiento judicial sobre el conflicto de la incineradora de Guipúzcoa ha dado la razón a las instituciones que promueven la polémica planta. El Tribunal Superior de Justicia ha desestimado el recurso presentado por vecinos del barrio donostiarra de Zubieta y varios grupos opuestos a la incineración contra el acuerdo del Ayuntamiento de San Sebastián que dio luz verde a ubicar la planta de combustión en terrenos de Zubieta. Sin entrar en el fondo del asunto (incineración sí o no), el auto judicial avala la plena legalidad de la decisión municipal.
El auto judicial, fechado el pasado 28 de septiembre y dado ayer a conocer, rechaza la petición de las plataformas antiincineración de suspender cautelarmente la aprobación por el pleno donostiarra de un convenio de colaboración con la Diputación y varias mancomunidades de basuras sobre la gestión de todos los residuos sólidos de la mprovincia. Ese convenio incluye la construcción de una incineradora en terrenos de Zubieta, dentro del término municipal donostiarra aunque muy próximos a Usurbil y a Lasarte-Oria.
El recurso pretendía paralizar el acuerdo del consistorio, adoptado el pasado 30 de enero y rodeado de una fuerte polémica. El alcalde donostiarra, Odón Elorza, incluyó el punto referido al convenio sobre la incineradora fuera del orden del día y sin avisar a su socio de gobierno, EB, lo que desembocó en la ruptura de la coalición local y obligó al primer edil a pedir públicamente disculpas a EB por su mal gesto.
El convenio al que se sumó el consistorio recoge la creación del Consorcio de Residuos, que tiene encomendada la misión de construir y poner en marcha una incineradora, gestionar el vertedero de San Marcos y la clausura de todos los basureros restantes en julio de 2009, entre otras misiones.
Varias asociaciones contra la incineración y la Junta Vecinal de Zubieta, representada entonces por Imanol Azpiroz -actual concejal de ANV en Usurbil y vicepresidente de la Mancomunidad de San Marcos-, apelaron a la Sala de lo Contencioso del Superior para solicitar la paralización cautelar de este acuerdo, porque si en el futuro una sentencia finalmente anula el convenio y algunas de las actuaciones "estuvieran consumadas", no quedaría ya "más opción que la incineración", lo que "haría ineficaz" la resolución.
Intereses generales
El consistorio y el resto de instituciones adujeron que la pretensión de suspender la creación de un consorcio de residuos o el diseño de una incineradora "se asemeja más a una censura de intenciones futuras que de actuaciones o efectos concretos". En el caso de suspender el acuerdo plenario, argumentaron en la causa, "existiría una grave perturba-ción de los intereses generales" y obligaría a "adoptar medidas alternativas que hoy no existen", lo que produciría "el colapso del sistema [de gestión de residuos] en julio de 2009", fecha acordada para el cierre de todos los vertederos provinciales.
La parte demandada sostiene en su defensa que el convenio al que se suma el consistorio "no es la causa de los males y daños irreparables" que arguyen vecinos y plataformas contra la incineración, "sino la solución a los mismos".
El auto del Superior, ante el que se puede presentar un recurso de súplica en el plazo de cinco días, rechaza las razones del recurso y sostiene que la supuesta "irreversibilidad" de las consecuencias de la aprobación de este convenio es "un rasgo común" a todas las actuaciones de los poderes públicos que conllevan la construcción de nuevas infraestructuras.
La decisión judicial, sin entrar en el fondo del asunto de la incineradora, señala que "es de plena lógica jurisprudencial" concluir que "los intereses generales implicados" en la creación de estas infraestructuras "de largo desarrollo y alcance económico, técnico, social y temporal" ejercen "una prevalencia sobre las aspiraciones de personas o grupos que cuestionan su legalidad", sobre todo cuando "la controversia se centra en aspectos predominantemente jurídico-formales, como ocurre en este caso".
* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 10 de octubre de 2007