La Asamblea boliviana aprobó ayer artículo por artículo el polémico proyecto de Constitución, que otorga más poder a los indígenas -hasta el punto de reconocerles el derecho a impartir justicia según su propia tradición-, refuerza el poder del Estado en la economía y frente a las autonomías y permite la reelección presidencial, aunque con límites: únicamente por un vez. Algunos de los aspectos más destacados del proyecto constitucional son los siguientes:
- Definición de Estado. Bolivia se constituye en un Estado unitario social de Derecho plurinacional comunitario, libre, autonómico y descentralizado, independiente, soberano, democrático e intercultural. Se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país.
- Idiomas oficiales. Se mantiene el castellano y se añaden todos los de las naciones indígenas (se citan hasta un total de 35).
- Reelección presidencial. Se permite la reelección, pero al final se han incluido límites: el presidente y el vicepresidente tendrán un mandato de cinco años y podrán ser reelegidos de manera continua una sola vez.
- Asamblea plurinacional. El actual Congreso Nacional pasa a denominarse Asamblea Legislativa Plurinacional, compuesta por dos Cámaras: la Cámara de Diputados y la Cámara de Representantes Departamentales.
- Propiedad. Toda persona tiene derecho a la propiedad, siempre que ésta cumpla una función social y que el uso que se haga de ella no sea perjudicial al interés colectivo.
- Justicia indígena. Las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos ejercerán sus funciones jurisdiccionales y de competencia a través de sus autoridades, y aplicarán sus principios, valores culturales, normas y procedimientos propios. (...) La jurisdicción indígena respetará los derechos fundamentales establecidos en la Constitución, interpretados interculturalmente.
- Libertad de creencias. El Estado respeta y garantiza la libertad de religión y creencias espirituales de acuerdo a sus cosmovisiones y la independencia del Estado con la religión.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Lunes, 10 de diciembre de 2007