La entidad de regantes Riegos de Levante, propietaria del paraje natural del Fondo d'Elx, presentó un recurso en 2001 ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana contra la resolución de la Consejería de Medio Ambiente que prohibía la caza en el humedal. Medio Ambiente se basaba para prohibir esta actividad cinegética en la preservación de las especies que habitan esta zona, especialmente de aquellas en peligro de extinción, como la cerceta pardilla o la malvasía cabeciblanca. Los propietarios del humedal, mientras, exigían la posibilidad de cazar, "como derechos históricos".
La sección tercera de la sala de lo Contencioso-administrativo del TSJ ha desestimado ahora el recurso de manera rotunda diciendo que "ni existen, ni perviven posibles derechos tradicionales o históricos de carácter cinegético, ni resulta indemnizable la pérdida de cantidades que pudieran obtenerse para que dos centenas de escopetas, por puro divertimento, acaben con una especie así calificada".
* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 12 de marzo de 2008