En los últimos días, los márgenes de error de los aparatos de medida han servido para que dos conductores sean absueltos. En uno de los casos, el juez decidió no condenar a un conductor que circulaba a 186 kilómetros por hora, cuando ir a más de 180 en autovía ya está considerado delito. En el segundo caso, un hombre que conducía con 0,63 gramos de alcohol por litro de aire espirado también fue absuelto, a pesar de que el límite penal está en 0,60 miligramos.
El fiscal especial de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, está a punto de enviar a los fiscales un documento para unificar criterios en este asunto. Vargas asegura que esos márgenes, que pueden estar entre el 2% y el 4%, "en ningún caso alteran los efectos de la reforma penal del pasado mes de diciembre" y que tenerlos en cuenta responde al principio de presunción de inocencia del acusado, en los casos en que la única prueba es uno de estos aparatos.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 13 de marzo de 2008