Selecciona Edición
Selecciona Edición
Tamaño letra
LOS REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN

Más seguridad, menos barreras y nuevos pisos

Las ayudas fiscales a la rehabilitación de viviendas que la ministra Beatriz Corredor quiere ampliar están muy tasadas en la ley. Las obras deben tener las siguientes características para acogerse a la deducción. "Se entenderá por obras de rehabilitación aquellas que tengan por objeto actuaciones tendentes a lograr alguno de los siguientes resultados:

a) La adecuación estructural, considerando como tal las obras que proporcionen al edificio condiciones de seguridad constructiva, de forma que quede garantizada su estabilidad y resistencia mecánica.

b) La adecuación funcional, entendiendo como tal la realización de las obras que proporcionen al edificio mejores condiciones. Se consideran, en todo caso, obras para la adecuación funcional de los edificios, las actuaciones que tengan por finalidad la supresión de barreras y la promoción de la accesibilidad, de conformidad con la normativa vigente.

c) La remodelación de un edificio con viviendas que tenga por objeto modificar la superficie destinada a vivienda o modificar el número de éstas, o la remodelación de un edificio sin viviendas que tenga por finalidad crearlas", termina el texto.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Lunes, 5 de mayo de 2008