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Un policía local cobrará pensión por ser objetivo de ETA

El Tribunal Superior reconoce el derecho a un guardia amenazado

La Sala de lo Social del Tribunal Superior vasco ha confirmado la pensión extraordinaria por acto de terrorismo que está percibiendo un policía municipal de San Sebastián por figurar en una lista de objetivos de ETA. No es el primer caso de un guardia local al que se le reconoce este derecho, tras la decisión tomada en octubre de 2007 por este mismo tribunal a favor de otro agente donostiarra quien también figuró en una relación de amenzados por la banda.

La reciente resolución judicial, que desestima el recurso de súplica presentado por la Administración del Estado, recuerda que el agente tiene reconocida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social desde noviembre de 2004 una incapacidad permanente total para ejercer su profesión de guardia municipal, derivada de accidente de trabajo. Al agente se le diagnosticó un trastorno de estrés postraumático tras conocer que era objetivo de la banda terrorista.

Es la segunda decisión similar a favor de un agente municipal

El supuesto etarra Arkaitz Lavega, quien también era agente municipal en San Sebastián, reconoció tras ser detenido en noviembre de 2002 por la Guardia Civil que su compañero había sido controlado por la banda. La Ertzaintza le comunicó en marzo de 2003 que su nombre también figuraba en documentación que había sido incautada al comando Donosti. El 29 de julio de 2003, la directora de Atención a las Víctimas del Terrorismo, Maixabel Lasa, le otorgó una ayuda de 320 euros para financiar el coste del tratamiento psicológico que estaba recibiendo.

En noviembre de 2004 se le concedió una pensión vitalicia del 55% de la base reguladora de su sueldo por incapacidad permanente total. El agente local pidió después una pensión extraordinaria por acto de terrorismo, que la Administración central desestimó, aunque un juzgado donostiarra se la reconoció.

Ante el recurso presentado por el Ministerio de Economía y Hacienda, el Superior recuerda ahora la Ley de Presupuestos Generales del Estado establece que "toda persona que resulte incapacitada para el trabajo como consecuencia de actos de terrorismo causará pensión extraordinaria". El tribunal considera que existe "vinculación causal" entre su incapacidad para trabajar y "los actos de terrorismo de los que ha sido víctima".

* Este artículo apareció en la edición impresa del Lunes, 5 de mayo de 2008