El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dado la razón al El Prat de Llobregat en el litigio que mantiene con las compañías de teléfonos móviles por una tasa que les obliga a pagar por el uso de la red pública. El Prat aprobó en 2007 una ordenanza que exigía a las compañías el 1,4% de su facturación en el municipio. El Ayuntamiento alegó que las telefónicas -que ya pagan el 1,5% por el uso de la red fija- se benefician de la red pública para abastecer a sus móviles.
Las compañías, contrarias a la ordenanza, citan la Ley Reguladora de Servicios Locales de 2002, que fija la tasa para la telefonía fija, pero excluye a las compañías de móviles al considerar que éstas utilizan antenas, y no la vía pública, para dar servicio.
Una ordenanza de 2005 de la Diputación de Barcelona fijaba la tasa también para móviles, argumentando que las compañías sí utilizaban redes públicas y debían pagar por ello. Varios municipios catalanes impulsaron la medida, pero El Prat es el que más profundizó, y logró demostrar gracias a informes de ingenieros de telecomunicaciones el uso del cableado público por parte de las telefónicas. Los peritos certificaron que para llamar desde un teléfono móvil es necesaria la red municipal.
Telefónica llevó el caso al TSJC, que ha fallado a favor del Consistorio. La compañía recurrirá ante el Supremo, que tiene pendientes de solución casos similares en Badalona y Camprodon. Vodafone, Orange, Yoigo y Euskaltel, las otras operadoras con clientes en El Prat, esperan a la resolución judicial para obrar en consecuencia. Según cálculos del Consistorio, el gravamen le supondría unos ingresos de 260.000 euros anuales.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 11 de noviembre de 2008