Muchos fuimos los profesores de Secundaria de especialidades de Formación Profesional, que celebramos con entusiasmo la disposición adicional décima de la LOE que ponía como condición para aspirar a catedrático de Enseñanza Secundaria el poseer título de doctor, licenciado, arquitecto, ingeniero o grado correspondiente o titulación equivalente a efectos de docencia; permitiría a los diplomados o ingenieros técnicos participar en el proceso selectivo.
Dado que en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia va a ser en breve convocado un proceso selectivo, me dirigí al Servicio de Atención al Ciudadano del MEPSYD para saber cuáles son las titulaciones equivalentes a efectos de docencia; se me ha respondido que no hay ninguna, ni está en el ánimo de la Secretaría de Estado de Educación que las haya. ¿Alguien lo entiende? Una ley orgánica se refiere a unas titulaciones equivalentes y la respuesta, ¿puede ser ninguna, ni hoy ni en el futuro.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 26 de marzo de 2009