La Unión Progresista de Fiscales (UPF) ha criticado la admisión por el Tribunal Supremo de la querella del sindicato Manos Limpias contra el juez Baltasar Garzón en su congreso anual celebrado el pasado fin de semana en Burgos, en el que también se ha opuesto a la reforma de la jurisdicción universal atribuida a la Audiencia Nacional.
Aunque sin citar al juez de la Audiencia Nacional, la UPF critica "las últimas decisiones del Tribunal Supremo a raíz de la investigación de los crímenes del franquismo" tomadas "a instancias de particulares notoriamente dedicados al ejercicio incontinente y reiterado de la acción popular", en referencia a Manos Limpias. Los fiscales progresistas subrayan que la querella contra Garzón se admitió por la Sala Penal del Supremo "con la oposición del Ministerio Fiscal" y expresan su preocupación por la posibilidad de que se utilice "para poner en grave riesgo la independencia del Poder Judicial". La Fiscalía del Supremo presentará el martes su informe en el que apoyará el recurso de reforma planteado por Garzón contra la admisión de la querella.
En otra de las conclusiones de su congreso, la UPF expresa su "más enérgica disconformidad" ante "la inminente amputación" del principio de jurisdicción universal a través de una reforma legislativa "oportunista, apresurada y subrepticia". Según la UPF, España perderá "lo esencial de su eficacia humanitaria y democrática" si prospera dicha reforma.
Los integrantes de la Unión Progresista de Fiscales afirman que la jurisdicción universal es el instrumento legal "que ha permitido a los tribunales españoles actuaciones avaladas por el Tribunal Constitucional, de extraordinaria eficacia y prestigio mundial". Esas actuaciones, añaden, han significado "una singular aportación al Derecho Penal internacional frente a la impunidad de los más graves crímenes contra los derechos humanos".
Respecto al nuevo modelo de procedimiento penal, los fiscales progresistas reclaman la atribución de la "investigación preliminar" al Ministerio Público, con el control externo por un "juez de garantías" o "juez de libertades", que salvaguarde los derechos fundamentales de las partes del proceso y resuelva sobre el sometimiento o no a juicio de una persona.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Lunes, 8 de junio de 2009