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El juez no ve delito en la explosión de la fragata 'Extremadura'

El fiscal militar acusa de negligencia al teniente de navío jefe de máquinas

El juez togado militar número 41, el de A Coruña, no ve delito en la explosión de la fragata Extremadura, el 19 de diciembre de 2005, cuando estaba atracada en el arsenal de Ferrol, y en la que perdieron la vida el cabo primero Francisco Javier Pérez Castillón y el marinero Erik Noval Gómez. En un auto dictado el pasado 26 de mayo, el juez propone el sobreseimiento definitivo del caso.

Aunque reconoce que el teniente de navío Pablo Varela Sánchez, entonces jefe de máquinas, no acudió a la fragata cuando fue avisado del altísimo nivel de contaminación por cloro del agua de las calderas durante el proceso de encendido y tampoco advirtió de dichos problemas al comandante del buque, el juez no cree que sus decisiones tuvieran "incidencia directa en los hechos catastróficos posteriormente ocurridos".

Según el auto, la causa del siniestro fue la existencia de "grietas internas por fatiga de material" en el tubo que reventó, lo que, a su juicio, escapaba a la responsabilidad del jefe de máquinas, que no tenía a su cargo el mantenimiento.

Por el contrario, el fiscal sostiene que el teniente de navío cometió un delito de impericia o negligencia profesional (castigado por el Código Penal militar con tres meses a seis años de cárcel) por no personarse en el buque ni disponer el apagado de las calderas, como señalaba el manual de instrucciones de la fragata. El juez admite que el oficial debió acudir al buque cuando fue avisado, pero alega que al no hacerlo no incurrió en delito alguno y sólo podría ser sancionado disciplinariamente.

Las acusaciones que representan a las familias de los fallecidos han recurrido ante el Tribunal Militar Territorial de A Coruña para que deje sin efecto el archivo y dicte la conclusión del sumario y la apertura del juicio.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 12 de junio de 2009