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Sedesa recibirá 360.000 euros por intereses de demora

La sección tercera bis de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha estimado un recurso presentado por la empresa Sedesa Obras y Servicios que obliga a la Generalitat a pagar 361.584 euros en concepto de intereses de demora por el retraso en el pago de certificaciones por unas obras adjudicadas por la entonces Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes. El tribunal anula la desestimación de la reclamación presentada en su día por la empresa, a la que la Administración no contestó. Las obras se realizaron para la mejora de la seguridad vial en el tramo que une Almassora con el Grau de Castellón, en la CV-183, en otras carreteras autonómicas de la zona norte de Castellón y en la red de colectores en la zona norte de Llíria. Las obras fueron realizadas entre 2004 y 2007.

La empresa Sedesa Obras y Servicios, propiedad de la familia del vicepresidente del Consell Juan Cotino, presentó, antes de interponer el recurso contencioso administrativo, una reclamación de la deuda a la Generalitat. El Consell no contestó a esta reclamación y entendió que el silencio administrativo era, en este caso, favorable a la Administración autonómica y desestimatorio de la queja. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia valenciano ha anulado la desestimación de la reclamación y obliga al Consell a pagar 361.584 euros en concepto de intereses de demora por el retraso del pago en la ejecución de tres proyectos adjudicados por la Consejería de Infraestructuras para obras de mejora de carreteras y una red de colectores, en Castellón y Llíria, entre los años 2004 y 2007.

El fallo indica que la Generalitat, tal como expuso en contestación a la demanda presentada por Sedesa, "admite la coincidencia" respecto a los días de demora y "reconoce el derecho de la sociedad al cobro de los intereses en la cuantía establecida en la demanda". Según la sentencia, la Administración autonómica alegó que el pago de esta deuda "pende del trámite administrativo instruido a tal fin". Aún así, el Tribunal Superior desestima el pago por otra obra que la empresa trató de colar en la demanda, realizada en la Barona (Castellón), ya que en la imprescindible reclamación previa al recurso no había incluido este proyecto.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 16 de junio de 2009