El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado que las restricciones impuestas por algunos Estados miembros a las empresas de apuestas y juegos de azar por Internet no vulneran la normativa comunitaria respecto de la libre prestación de servicios, ya que pueden considerarse justificadas por el objetivo de lucha contra el fraude y contra la criminalidad.
La sentencia rechaza así los recursos interpuestos por la empresa de apuestas a través de Internet Bwin y por la Liga Portuguesa de Fútbol profesional. Ambas habían sido multadas por las autoridades portuguesas con 74.500 y 75.000 euros, respectivamente, por haber propuesto juegos de azar a través de Internet y haber hecho publicidad de esos juegos. Bwin reclamó por su parte una regulación de este mercado, para colmar el "vacío legal" que existe en la actualidad y para que las sociedades privadas puedan actuar con "seguridad jurídica".
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 10 de septiembre de 2009