El Tribunal Superior ha ratificado la suspensión de la ayuda de 3.000 euros concedida por el Ayuntamiento de Berriz en mayor de 2008 a dos vecinos de ese municipio vizcaíno, imputados por la Audiencia Nacional en una causa relacionada con el movimiento pro amnistía, al considerar que la corporación municipal se excedió en sus competencias. La ayuda pretendía que ambos pudiesen hacer frente a los gastos del juicio. El consistorio está gobernado por el PNV.
La sentencia, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Superior y de la que ha sido ponente su presidente, Luis Javier Murgoitio, desestima el recurso interpuesto por el consistorio y confirma la suspensión dictada en 2008 por un juzgado de Bilbao. El tribunal avala la postura de la Abogacía del Estado, que consideró que la actuación municipal excedía su ámbito de competencias.
La resolución, contra la que no cabe recurso, concluye que el ejercicio de esa potestad administrativa se circunscribe en este caso a otorgar una ayuda "basada en la adhesión municipal a los postulados político-ideológicos que se encuentran en el origen del encausamiento penal" de sus beneficiarios y en reivindicar "la legitimidad de su conducta".
* Este artículo apareció en la edición impresa del Sábado, 26 de septiembre de 2009