Fue en mayo de 2007. En primera fila, aplaudiendo las promesas electorales de Francisco Camps, presidente de la Generalitat, estuvo Juan Luis de la Rúa, presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) y presidente de la Junta Electoral que debía velar por la limpieza de la campaña de las elecciones del 27 de mayo. El acto se celebró en el salón principal de la sede de Fundación Universidad Empresa en Valencia. De la Rúa fue invitado por el PP. Y su presencia fue agradecida desde distintas consejerías. Junto a él, Vicente Magro, presidente de la Audiencia Provincial de Alicante, ex senador del PP.
En aquel acto, Camps estuvo acompañado, entre otros, por Fernando de Rosa (ahora vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial después de haber sido consejero con Camps).
Tras el mitin hubo un afectuoso agradecimiento entre ambos
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El presidente autonómico explicó en aquella intervención sus propósitos en materia de justicia (comprometió 104 nuevos órganos judiciales en la Comunidad Valenciana: 50 para Valencia, 40 en Alicante y 14 en Castellón). De la Rúa recibió de Camps el agradecimiento por su presencia en el acto. El presidente del TSJ (lo es desde 1999 y permanece aunque desde el pasado 6 de junio en situación de prórroga) compartió un afectuoso saludo con Camps al terminar el acto.
De la Rúa, a quien Camps se refirió públicamente como "más que un amigo" y que respondió sentirse "feliz" por ello, ha firmado el archivo de la parte del caso Gürtel instruida en Valencia y la supresión de la causa del informe policial que recoge indicios de una posible financiación ilegal del PP. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) tiene una queja presentada contra De la Rúa por no haberse abstenido. No sólo no lo ha hecho sino que ha defendido que no existen razones para ello.
En la campaña electoral de 2007, entre otras cosas, la Junta Electoral prohibió la difusión la película Ja en tenim prou, un vídeo crítico con las políticas del PP que fue promovido por directores, guionistas, escritores y representantes de colectivos sociales. El Tribunal Supremo dijo después lo contrario.
El artículo 395 de la Ley Orgánica del Poder Judicial recoge no sólo la prohibición para jueces y magistrados de pertenecer a un partido político o sindicato sino de tomar más parte en unas elecciones que la de emitir su voto particular.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 29 de septiembre de 2009