Luis García Redondo Moreno, un hombre que se hizo pasar por productor de cine y fisioterapeuta, ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Madrid a dos años y medio de cárcel, al considerarle culpable de dos delitos de abusos sexuales. La sentencia, contra la que cabe recurso ante el Supremo, considera probado que el acusado sometió a dos mujeres -una de ellas menor de edad- a "manejos de índole sexual bajo la apariencia de una inexistente finalidad terapéutica".
Los magistrados de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial también imponen una indemnización de 10.000 euros para cada una de las mujeres que sufrieron los abusos. La sentencia, cuya ponente ha sido la magistrada María Luisa Aparicio Carril, exculpa a García Redondo de otros delitos de abusos sexuales a otras mujeres, ya que su actuación "no puede ser más que considerada como actos preparatorios y por tanto impunes".
El hombre tendrá que indemnizar a las víctimas con 20.000 euros
Los hechos por los que ha sido juzgado ocurrieron en marzo y agosto de 2004, cuando el acusado se anunció en una página de Internet en la que se hacía pasar por fotógrafo y productor de cine. Luego decía que era amigo de este productor (él mismo) y aseguraba que era preparador físico.
El hombre quedó con una mujer a la que dijo que iba a curarle una lesión en una rodilla. Después la hizo tumbarse en una camilla, donde aprovechó para tocarle el pecho y sus partes íntimas.
En agosto de ese año, quedó con una chica de Valls (Tarragona) de 15 años a través de un anuncio que puso la joven para buscar trabajo como modelo publicitaria. La adolescente viajó a Madrid acompañada de su madre, pero el condenado logró quedarse solo en la habitación del hotel con la menor, a la que también sometió a tocamientos sexuales.
Los magistrados de la Audiencia Provincial entienden que el acusado montó "una patraña" para cometer los abusos y se aprovechó de la situación que él mismo había creado. Los jueces también ven claro que no hubo consentimiento por parte de las denunciantes. Además, no hallan "ninguna patología en el acusado que afecte a su capacidad para comprender la ilicitud de su conducta". El tribunal ha aumentado la condena "debido a que realizó un ataque contra la libertad de las mujeres".
* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 3 de noviembre de 2009