La doble condición de KPMG como autor de la auditoría que definirá la fusión de las cajas y como administrador en el concurso de Martinsa-Fadesa, en el que ambas entidades tienen mucho dinero en juego, no viene a ser, a juicio de la Consellería de Facenda, un hecho del que pueda derivarse una causa de incompatibilidad legal. Fuentes del departamento que dirige Marta Fernández Currás, que declinan entrar en mayores valoraciones, consideran que el articulado de la Ley Concursal que hace referencia a las incompatibilidades no puede aplicarse en este caso.
Según la legislación vigente, "no podrán ejercer el cargo de administradores concursales aquellas personas que se encuentren, cualquiera que sea su condición o profesión, en alguna de las situaciones a que se refiere el artículo 51 de la Ley de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, de 2002, en relación con el propio deudor, sus directivos o administradores, o con un acreedor que represente más del 10% de la masa pasiva del concurso". Conjuntamente las deudas contraídas por Martinsa-Fadesa con ambas cajas gallegas suman en estos momentos 380 millones, que representan algo más del 5% del pasivo declarado por la inmobiliaria cuando suspendió pagos.
Queda, no obstante, por definir la masa pasiva final, ya que el proceso está actualmente en su fase común; es decir, el juez está dirimiendo todas las impugnaciones a la lista de acreedores, la mayoría en desacuerdo con la deuda que los administradores, en su informe, les reconocen. Cuando finalicen todas las impugnaciones será el momento en que se determinará lo que se entiende por masa pasiva, para abordar la aprobación de un convenio anticipado al que ya se ha sumado Caixa Galicia, pero no Caixanova.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 14 de enero de 2010