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Condena por el choque de un niño con un 'kart' en Cheste

Un menor, de nueve años, tuvo un accidente con un kart en Cheste. Fue una actividad extraescolar de formación en la educación vial. Y el Juzgado de Primera Instancia 21 de Valencia decidió no castigar el choque contra una instalación eléctrica en el circuito Ricardo Tormo. La juez entendió que la responsabilidad es de quien asume el riesgo, que en este caso fueron los padres porque consintieron que el menor participara de la actividad de Iniciativas de Educación y Seguridad Vial para la empresa pública que gestiona el circuito Ricardo Tormo. Ocurrió el 21 de abril de 2008. Ahora, la sección séptima de la Audiencia de Valencia ha revertido la situación. La sala ha estimado el recurso de los padres, condena a la empresa a pagar 12.000 euros y exime a los padres de pagar el total de las costas. Para el tribunal de la Audiencia, es indiscutible que la culpa no puede ser del menor, que un niño de nueve años no puede valorar el riesgo que asume con una actividad, sobre la que, además, los padres no dieron consentimiento expreso de que el niño se montara en el kart.

La sentencia es clara: "La falta de aplicación de la responsabilidad objetiva del explotador de una actividad lúdica por asumir el riesgo que ella implica para la propia víctima, no tiene lugar cuando ésta, en lugar de un adulto, es un menor". Y rechaza que tenga que ser la víctima quien presente la carga de la prueba sobre las condiciones que favorecieron el accidente y su alcance. El pequeño acudió a una jornada de educación vial que finalizaba con la conducción de un kart (sin cinturón de seguridad ni volante que amortiguara un golpe). El menor chocó, sufrió un traumatismo en el páncreas y estuvo más de un mes en la UCI.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 10 de febrero de 2010