Jon Enparantza Agirre y Estanislao Etxaburu Solabarrieta, los dos acusados con Arnaldo Otegi por delito de enaltecimiento del terrorismo que habían participado en el homenaje al etarra José María Sagarduy en julio de 2005, y que tuvieron que ser detenidos para que comparecieran al juicio en la Audiencia Nacional, fueron ayer absueltos.
Lo sorprendente del caso es que si en el caso de Otegi con un tribunal integrado por Ángela Murillo, Teresa Palacios y Juan Francisco Martel estimaban que se había producido enaltecimiento del terrorismo, en este caso, otro tribunal formado por Palacios, Martel y Carmen Paloma González Pastor, consideraba que los hechos "no son constitutivos de delito".
Aprecian estos magistrados que la conducta de Enparantza y Etxaburu "no iba específicamente dirigida a alabar a la persona homenajeada y a los demás presos vinculados a la organización terrorista ETA, sino que primó el delatar la situación en la que sostienen que se encuentran, derivada de la aplicación de unas medidas penitenciarias por las que, cumplidas supuestamente las condenas impuestas, se mantiene en prisión a reclusos". Esa era la situación de Sagarduy, que según los acusados, se encontraba en esa situación por tratarse de "un represaliado político".
El tribunal destaca que ese mensaje es absolutamente "inveraz" y "distorsionador" y que las condenas de Sagarduy nada tienen que ver con una orientación política, sino que el etarra se encuentra en prisión por conductas encajables en tipos penales, entre los que se enmarcan asesinatos consumados y en grado de tentativa, entre otros. No obstante, el tribunal no aprecia que los hechos que afectan a Enparantza y Etxaburu sean constitutivos de delito.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 3 de marzo de 2010