El Tribunal Supremo ha condenado a la Junta de Castilla y León y al Estado a indemnizar solidariamente, con un total de 320.000 euros, a la familia de un visitante del castillo de Calatañazor (Soria) que falleció por el impacto de una piedra desprendida de la explanada de la fortificación. La indemnización ha sido establecida por el Supremo 15 años después del accidente.
El 9 de diciembre de 1995, Tomás L. P. paseaba en compañía de unos familiares por las inmediaciones del castillo de Calatañazor cuando recibió el impacto de una piedra desprendida de la explanada del castillo que le causó lesiones de las que falleció al día siguiente. Tomás L. tenía 36 años y dejó viuda y dos hijos de 11 y 7 años.
Durante un decenio, el Estado, la Junta de Castilla y León y el Ayuntamiento de Calatañazor rechazaron o se pelotearon las sucesivas demandas de indemnización de la familia del fallecido. En diciembre de 2004, el Tribunal Superior de Castilla y León condenó solidariamente al Estado y a la comunidad autónoma y absolvió al Ayuntamiento.
El Supremo ha rechazado ahora los recursos contra esa sentencia y explica que aunque el propietario del castillo de Calatañazor es el Patrimonio del Estado, este solo responde "en exclusiva" frente a la exportación y la expoliación. En lo restante, son las comunidades las que tienen a su cargo las facultades para la conservación, mantenimiento y custodia de los bienes del Patrimonio, lo que incluye a la Junta de Castilla y León.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Lunes, 9 de agosto de 2010