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COLUMNA

'Viernes negro'

El presidente del Gobierno compareció el jueves ante el Congreso con el propósito de dar cuenta de las medidas adoptadas el pasado fin de semana para reabrir el espacio aéreo español, cerrado el viernes 3 de diciembre por la deserción masiva de los controladores de vuelo como airada respuesta al decreto ley aprobado esa misma mañana. Los portavoces parlamentarios condenaron unánimemente el secuestro de las decenas de miles de viajeros que iniciaban el largo puente de la Constitución. Pero mientras unos oradores elogiaron la eficaz intervención del Gobierno, otros intervinientes criticaron total o parcialmente sus actuaciones, aunque no resultó fácil adivinar cuáles hubieran podido ser las soluciones imaginativas de carácter alternativo recomendadas por los discrepantes.

Rodríguez Zapatero informó al Congreso de los Diputados sobre la huelga salvaje de los controladores

Los mutuos reproches cruzados en el debate entre socialistas y populares a propósito de las decisiones equivocadas y de las omisiones culpables de los Gobiernos del PP y del PSOE ayudan tal vez a entender la génesis del conflicto, pero no ofrecen demasiadas pistas para predecir su desenlace. La discusión en torno a los procedimientos aplicados a este tipo de situaciones desemboca en la vieja polémica sobre los fines y los medios. Aunque es verdad que los gobernantes están obligados a respetar siempre los itinerarios del Estado de derecho para la instrumentación de sus decisiones, también es cierto que los imprevistos y las urgencias salpican de líneas torcidas, faltas de ortografía y manchas de tinta los deberes redactados a prisa y corriendo por las autoridades. La publicación previa al largo puente vacacional del decreto ley de la discordia, cuyo texto aclaraba la forma de computar las horas aeronaúticas anuales exigidas a los controladores por la ley de 14 de abril de 2010 y autorizaba al presidente del Gobierno a militarizarlos en caso de necesidad, ¿ignoró las probables consecuencias indeseadas de esa decisión o trató de someter a prueba la capacidad de respuesta de ese voraz colectivo, que acababa de dar un primer aviso belicoso en el aeropuerto de Santiago?

Mayor relevancia ofrece la novedad de que la militarización decretada en la noche del viernes negro y el decreto ley del estado de alarma promulgado al día siguiente situaran a los controladores bajo la jurisdicción penal militar. El presidente del Gobierno defendió ardorosamente en el Congreso la constitucionalidad de la medida; sin embargo, el deslucido precedente de la insistencia de Zapatero en mantener con suficiencia que el nuevo Estatuto de Cataluña se hallaba tan limpio de pecadora inconstitucionalidad como una patena resta autoridad doctrinal a su dictamen de parte. Por mucho que el Gobierno y el fiscal general agiten los dados en el cubilete, el artículo 117 de la Constitución circunscribe de manera taxativa la jurisdicción militar al "ámbito estrictamente castrense" y a "los supuestos de estado de sitio" (no de alarma).

* Este artículo apareció en la edición impresa del Domingo, 12 de diciembre de 2010